Abogado afirma que en Cuba no hay gestación subrogada.

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Foto: Cuba Noticias 360

Texto: Fede Gayardo

Los ‘vientres de alquiler’ continúan generando controversia a nivel mundial, a pesar de que varios países han incorporado regulaciones al respecto. Cuba no se encuentra entre esos países, según la jurista cubana Yamila González Ferrer.

En relación a esta cuestión, la plataforma estatal Cubainformación dialogó con González Ferrer, quien es diputada, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba y miembro de la Comisión Redactora del Código de las Familias.

En primer lugar, la abogada aclaró la confusión entre ‘vientre de alquiler’ y ‘gestación solidaria’, afirmando que “el vientre de alquiler no solo no existe en Cuba, sino que está penado por el Código Penal. La gestación solidaria, en cambio, es un concepto completamente diferente”.

Sobre esta última, explicó que no puede haber compensación económica ni interés financiero de ningún tipo, y que está protegida por rigurosos controles médicos, legales, judiciales y penales.

González Ferrer, quien también es parte del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas, detalló que la gestación solidaria solo podrá llevarse a cabo si se cumplen ciertos requisitos, que enumeró a continuación.

Entre estos requisitos se encuentran que debe realizarse por motivos altruistas y solidarios; entre personas con lazos familiares o afectivos cercanos y de larga data; que la gestante tenga más de 25 años; que se hayan agotado o fracasado otras técnicas de reproducción asistida, si estas fueran viables; y que se realice solo una vez.

Además, señaló que en este tipo de práctica “la mujer gestante no proporciona el óvulo, y si este no es el caso, ya no se considera gestación solidaria. A su vez, la aceptación por parte de la mujer gestante no anula su derecho constitucional a interrumpir el embarazo de manera segura y gratuita”.

El proceso que se debe seguir para la gestación solidaria implica la elaboración de una escritura notarial, firmada por la gestante y las personas que solicitan el servicio; seguido de un estudio y aprobación por parte de un tribunal, que validará dicho consentimiento, así como el cumplimiento estricto de todos los controles médicos y legales establecidos.

El tema ha ganado atención, según el medio estatal Cubadebate, tras la revelación de que un “cantante español VIP y su novio tienen un hijo mediante vientre de alquiler en Cuba”.

Al respecto, González Ferrer rechazó “de forma contundente” la posibilidad de que se trate de un caso de vientre de alquiler, afirmando que esto es “totalmente imposible en Cuba”. También descartó la gestación solidaria porque, además de lo ya expuesto, en la noticia se menciona que la gestante ha usado su propio óvulo.

Finalmente, la jurista reiteró el control penal que rige en Cuba sobre este tipo de prácticas. “Si se produjera un fallo en el sistema, ya sea por corrupción o cualquier otro motivo”, advirtió, existe el artículo 354 del Código Penal de Cuba, que se ocupa del “delito de actos contra la actividad de reproducción humana”, y que contempla penas de prisión por violaciones a la ley.

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