Foto: Roy Leyra
Texto: Darcy Borrero
¿De qué manera afecta la Resolución 176 del Banco a las regulaciones aduaneras para quienes llegan a Cuba?
La Resolución 176 del Banco Central de Cuba, que se ha puesto en marcha recientemente, prohíbe la aceptación temporal de dólares estadounidenses en efectivo en los depósitos de cuentas bancarias, así como la compraventa de dicha moneda. A pesar de esto, según un informe del estatal Canal Caribe, esto no implica “cambios en el pago de los impuestos aduaneros para los viajeros que llegan a Cuba por vía aérea o marítima”.
En realidad, no hay modificaciones en las cantidades estipuladas para los pagos por concepto de aranceles, pero existe un cambio claro que afectará a los viajeros provenientes de Estados Unidos y otras economías dolarizadas, dado que no podrán utilizar esa moneda y deberán llevar otras monedas de Libre Conversión (MLC) autorizadas por el gobierno cubano.
Un oficial de aduanas, entrevistado por Canal Caribe, reconoce que las monedas que podrán usar quienes ingresen a Cuba son los dólares canadienses, coronas danesas y suecas, francos suizos, euros, libras esterlinas y yenes japoneses, además del peso cubano (CUP), que ha sufrido una significativa devaluación incluso tras la unificación monetaria que marcó el fin del peso cubano convertible (CUC).
Desde ciertos medios internacionales radicados en Miami, la información difundida menciona la posibilidad de retenciones aduaneras y confiscaciones si los viajeros que arriban a Cuba solo tienen dólares estadounidenses para pagar los aranceles establecidos.
Probablemente, esta noticia, presentada de esta forma, busca principalmente advertir a la población cubana en el exilio en esta ciudad y en todo Estados Unidos sobre las complicaciones que acarrea la eliminación del dólar en la isla. La aduana sería uno de los lugares donde se sentirían sus efectos, pero es una situación que impacta a quienes manejan dólares y durante años han enviado remesas a sus familias, ya que ahora, además de buscar las vías más eficaces para hacerlo, deben cambiar a otras monedas no restringidas en Cuba cuando se trata de efectivo.
La Resolución 176 del Banco Central de Cuba, emitida el 15 de junio, ordena a los bancos e instituciones financieras no bancarias que no acepten “temporalmente” dólares estadounidenses en efectivo, tales como depósitos en cuentas bancarias y compraventa de monedas, “en interés de proteger al país ante los graves daños que causa el bloqueo económico, comercial y financiero contra nuestra nación”.
Para ello, se apoya en “la situación creada por el aumento de la persecución financiera por parte del Gobierno de los Estados Unidos; la inclusión de la República de Cuba en la lista de países patrocinadores del terrorismo, y de bancos e instituciones financieras no bancarias cubanas en la lista de entidades cubanas restringidas”.
Además, establece que los bancos e instituciones financieras no bancarias cubanas, según sea pertinente, no aceptarán dólares estadounidenses en efectivo provenientes de personas naturales y jurídicas, incluyendo depósitos en cuentas bancarias y compraventa de monedas, “hasta que se reviertan las condiciones que justifican esta medida”. A largo plazo, además de “retirar de circulación” una moneda que ya había alcanzado precios exorbitantes en el mercado informal y «defenderse», parece que el gobierno cubano está presionando para que las remesas fluyan directamente hacia GAESA a través de sus tiendas en MLC y tarjetas, aunque esto conlleve efectos colaterales, como obstáculos para quienes operan con dólares en los países donde se encuentran.