Foto: Manuel Larragaña
El descontrol en los pagos de impuestos en Cuba sigue en aumento, un secreto a voces que el Gobierno de la Isla intenta gestionar debido a la escasez de recaudación y dinero en circulación, más que por un interés genuino en «contribuir al presupuesto del Estado».
Recientemente, medios oficiales reportaron que en el presente año se han identificado deudas que alcanzan los 194 millones de pesos, aproximadamente, relacionadas con el impago de impuestos de compraventa de vivienda, con una deuda actual de 82 millones de pesos.
Los impagos hacen referencia, en este tipo de trámites, al Impuesto sobre la transmisión de bienes y herencia, que deben abonar quienes compran, así como el impuesto sobre los ingresos personales, que corresponde a quienes venden la vivienda.
A pesar de que la noticia se enfocó en las recientes modificaciones implementadas en septiembre, las autoridades nunca discutieron ni las causas ni las consecuencias, aunque estas son ampliamente conocidas.
La desactualización de los precios referenciales de los inmuebles y de las normativas tributarias, sumadas a las necesidades económicas y a los altos precios en Cuba, llevan a que se formalicen precios por debajo de los reales.
Además, una declaración de venta por debajo del precio real resulta en un menor pago del impuesto al Estado por un inmueble en el cual este no tuvo intervención alguna.
Es importante considerar que no es lo mismo pagar el 4 por ciento del valor referencial establecido por Finanzas y Precios, según el tipo de vivienda o la zona, que el valor acordado entre comprador y vendedor.
No obstante, estos valores referenciales se expresan en moneda nacional, mientras que la mayoría de las transacciones se realizan en dólares; esto se debe a que el dólar es una moneda de valor y porque no es un secreto que muchos venden sus casas para poder emigrar (o aquellos que ya lo hicieron y requieren el dinero).
Por otro lado, desde el 19 de septiembre, se estableció que, para las compraventas de viviendas entre personas naturales, el pago del impuesto se debe hacer en el momento de la formalización del acto de transmisión, a través de la escritura notarial.
De acuerdo a medios estatales, anteriormente estos actos tenían un plazo de 30 días naturales, donde «aunque no de forma absoluta, se convertían en una causa de dilación, morosidad y, en muchos casos, incumplimiento de la obligación de pago de tributos, lo que complicaba la gestión por parte de la Oficina Nacional de Administración Tributaria».
En diciembre de 2023, los dirigentes cubanos anunciaron una revisión de los valores referenciales de las viviendas. «Casi han desaparecido las permutas, porque es mejor vender y comprar», afirmó el primer ministro, sugiriendo que estas modificaciones conllevarán un incremento en los valores referenciales o en la tasa impositiva, todo con el fin de «dinamizar la economía nacional».