Foto: Cuba Noticias 360
Con la discusión del nuevo Proyecto de Ley de Ciudadanía ante los diputados del Parlamento cubano, se plantea la posibilidad de que los extranjeros puedan obtener la ciudadanía cubana mediante el proceso de naturalización, lo que representa un cambio significativo respecto a la normativa vigente.
Para llevar a cabo este proceso, los solicitantes deberán cumplir con ciertos requisitos, tales como ser mayores de edad y tener la clasificación migratoria de residente permanente por un tiempo mínimo de cinco años.
La normativa detalla que, en el caso de ser cónyuge, padre o madre de un ciudadano cubano de nacimiento, el tiempo requerido de residencia permanente se reduce a dos años.
Adicionalmente, se establece que los solicitantes deben demostrar una integración social adecuada y desarrollar o mantener una actividad económica autorizada en el país, en caso de estar en condición laboral.
Es fundamental no tener antecedentes penales, tanto en el país de origen como en Cuba, por delitos graves, incluyendo terrorismo, trata de personas, tráfico de drogas y otros delitos similares.
Asimismo, deberán presentar un examen de ciudadanía que evidencie su conocimiento y comprensión de los derechos y deberes asociados a la condición de ciudadano cubano.
El proceso de solicitud se inicia con la presentación de una declaración de intención ante un Notario Público, en la que se requerirá la entrega de: certificaciones de antecedentes penales, cartas de ciudadanos cubanos que avalen la buena conducta del solicitante, y documentación relativa a su residencia y propiedades.
Además, se indica que el presidente de la República de Cuba tiene la facultad de “aprobar las solicitudes en casos excepcionales, como aquellos relacionados con la persecución por motivos políticos o méritos excepcionales en apoyo a la Revolución y al Estado socialista cubano”.