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La Unión Europea (UE) ha decidido prorrogar nuevamente las restricciones de viaje vigentes para aquellos ciudadanos de terceros países que deseen ingresar a su territorio, en el contexto de la pandemia de la COVID-19.
La normativa inicial establecía una reducción temporal de los viajes no esenciales desde terceros países hacia la Unión Europea y los Estados asociados al Espacio Schengen, con el fin de mitigar la propagación del virus.
Según informó el gobierno de España en un comunicado, la aparición de nuevas variantes del virus, incluida la recientemente detectada Omicron, ha motivado la extensión de estas restricciones, que originalmente estaban programadas para finalizar hoy, 30 de noviembre, y que ahora se prolongan hasta el 31 de diciembre.
Como resultado, se ha decidido eliminar la exención que beneficiaba a las personas residentes en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que ingresaran directamente, así como a los viajeros procedentes de Namibia.
Asimismo, se han modificado los criterios de la lista original de terceros países, regiones administrativas especiales y otras entidades territoriales cuyos residentes no se ven sometidos a las restricciones temporales de viajes no imprescindibles hacia la UE, conforme a los términos establecidos en esta disposición:
I. Estados:
1. Argentina.
2. Australia.
3. Baréin.
4. Canadá.
5. Chile.
6. Colombia.
7. Indonesia.
8. Jordania.
9. Kuwait.
10. Nueva Zelanda.
11. Perú.
12. Qatar.
13. Ruanda.
14. Arabia Saudí.
15. Corea del Sur.
16. Emiratos Árabes Unidos.
17. Uruguay.
18. China.
II. Regiones administrativas especiales de la República Popular China:
RAE de Hong Kong.
RAE de Macao.
III. Entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea:
Taiwán.