Una resolución emitida por la Unión Europea ha anunciado que, a partir del lunes 16 de mayo, no será obligatorio el uso de mascarillas en los aeropuertos y aviones de los países miembros del bloque comunitario.
La decisión fue tomada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades, que tuvo en cuenta los bajos niveles de contagio de Covid-19 reportados en las últimas semanas y afirmó que esta medida representaría «un gran paso adelante en la normalización de los viajes aéreos».
De acuerdo con el informe oficial, también se analizaron los «últimos desarrollos en la pandemia, en especial los niveles de vacunación y la inmunidad adquirida de forma natural, así como el levantamiento de restricciones en un número creciente de países europeos».
Por otro lado, se advertió que el cese de la obligatoriedad de las mascarillas es opcional, por lo que «los pasajeros deben actuar de manera responsable y respetar las decisiones de quienes los rodean».
El texto también sugiere que las aerolíneas mantengan los sistemas establecidos para recopilar información sanitaria y de localización de pasajeros en caso de que, por ejemplo, surja una nueva variante peligrosa del virus.
La agencia reguladora enfatizó que si algún pasajero presenta síntomas como tos o estornudos, debería «considerar seriamente» utilizar una mascarilla para garantizar la «tranquilidad de quienes están sentados cerca».
En el caso de España, aún se mantienen vigentes las restricciones temporales de viajes no imprescindibles, lo que contrasta con la decisión de su gobierno de alinearse con la medida de la Unión Europea para poner fin al uso de mascarillas en aviones y aeropuertos.
España prorrogó esta medida restrictiva el pasado 29 de abril, y estará en vigor hasta el 30 de mayo. Para esa fecha, algunos analistas anticipan que no será renovada por otro periodo de 30 días, como se ha venido haciendo durante los últimos 26 meses.
Por ahora, esta disposición oficial abarca una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países hacia la Unión Europea y países asociados al espacio Schengen, por razones de orden público y salud, debido al coronavirus.
Conforme a este comunicado, únicamente podrán viajar a España las personas que sean residentes en el país o en Andorra; los ciudadanos españoles y sus cónyuges o parejas con una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, así como sus ascendientes y descendientes que dependan de ellos, siempre que viajen con o para reunirse con estas personas; el personal de transporte, marinos y personal aeronáutico necesario para llevar a cabo actividades de transporte aéreo; el personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias en el ejercicio de sus funciones; y las personas que puedan documentar motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por razones humanitarias.