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Según lo establecido en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, la Resolución 312/2024 amplía hasta el 31 de enero de 2025 el beneficio de importación sin fines comerciales de plantas eléctricas.
El propósito de esta extensión es continuar la adquisición de equipos que optimicen el suministro eléctrico en el sector residencial, dado las recurrentes dificultades con el abastecimiento de combustible en la Isla.
A pesar de que el impuesto aduanero se regula mediante aranceles establecidos por la ley, el ministro de Finanzas y Precios tiene la facultad de otorgar exenciones y bonificaciones en situaciones donde las circunstancias económicas justifiquen dicha acción.
En este contexto, se autoriza la importación de plantas eléctricas que superen los novecientos vatios, tal como se detalla en el documento, que es una continuación de la Resolución 218 de 2022.
Esta medida, al igual que la exención arancelaria para medicamentos, productos de higiene y alimentos sin fines comerciales, ha sido prorrogada en múltiples ocasiones mediante resoluciones sucesivas, permitiendo a muchos ciudadanos cubanos acceder a estas importaciones de manera más ágil.
Así, se espera incrementar la adquisición de plantas eléctricas para los hogares cubanos, lo que ayudará a mitigar los efectos de los prolongados apagones.
La resolución tomará efecto el 1 de octubre de 2024 y se recuerda a los viajeros que pueden importar hasta dos (2) plantas eléctricas como parte de su equipaje acompañado.
Los precios de las plantas generadoras de electricidad aprobadas por la Aduana de Cuba son: hasta 900 vatios a $200.00; de más de 900 vatios hasta 1500 vatios a $500.00, y de más de 1500 vatios hasta 15 kVA a $950.00.