Foto: Cuba Noticias 360
Texto: Fede Gayardo
El Decreto-Ley 370, que regula la informatización de la sociedad cubana, generó una gran controversia tras su publicación el 4 de julio de 2018. A pocos años de su lanzamiento, volvió a acaparar la atención de medios independientes e internacionales.
Durante la crisis provocada por la Covid-19, el Gobierno cubano intensificó la aplicación de esta normativa, lo que resultó en la detención, intimidación y/o sanción de aproximadamente 20 periodistas no estatales, artistas y activistas políticos, quienes fueron multados con hasta 3 000 CUP, todo bajo el amparo de esta legislación.
En la actualidad, parece que el Estado de la isla quiere reforzar la existencia de un instrumento que, según muchos críticos, limita la libertad de expresión, un derecho que la Constitución de la República reconoce de manera explícita. ¿En qué consiste, entonces, este decreto?
La normativa se enfoca en regular la creación, promoción, instalación y comercialización de software y aplicaciones digitales. Desde sus primeros apartados, se evidencia un claro sesgo político, al indicar que uno de sus objetivos es consolidar las conquistas del socialismo y “el uso y desarrollo de las TICs como instrumento para la defensa de la Revolución” (Artículo 5, inciso b).
La principal preocupación relacionada con la libertad de expresión se manifiesta en el artículo 68, que clasifica las infracciones asociadas a las TICs. En particular, su inciso i) penaliza la difusión, a través de las redes públicas de transmisión de datos, de información que sea contraria al interés social, a la moral, a las buenas costumbres y a la integridad de las personas.
Además, los artículos 70 y 71 imponen sanciones económicas —de 3 000 o 10 000 pesos— y establecen el decomiso “de los equipos y medios utilizados para cometer las contravenciones”.
La vaguedad del inciso i) del artículo 68 es tan evidente que raya en lo absurdo. En primer lugar, se menciona a las redes públicas de transmisión de datos, pero ETECSA, la única empresa de telecomunicaciones en Cuba, no corresponde con esa definición, ya que sus servicios tienen precios altos. Asimismo, Facebook, la red social más utilizada en el país, donde se detectan las publicaciones “delictivas” de los sancionados, es una entidad privada y no una red pública.
Asimismo, el decreto estipula que se sancionará la difusión de “información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas”. Esta redacción permite interpretaciones arbitrarias, dando la posibilidad a los inspectores de definir a su criterio qué contenidos se ajustan a esa categoría.
Hasta ahora, se ha observado que se castigan en mayor medida aquellos mensajes que denuncian la falta de libertades, las dificultades económicas y las violaciones de derechos humanos en el país.
Por otro lado, las competencias conferidas a los inspectores del Ministerio de Comunicaciones (Artículo 9) no contemplan el seguimiento sistemático de las publicaciones en redes sociales.
De acuerdo con el Artículo 1, el decreto establece al Estado como el único organismo legalmente autorizado para promover el desarrollo y uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), mientras que el Artículo 68 define las sanciones por las infracciones que se produzcan en este ámbito.
Numerosos medios de comunicación y organismos internacionales han denunciado la inconstitucionalidad de esta norma. La Constitución de la República, en su Artículo 40, consagra la “dignidad humana como valor supremo”; el Artículo 47 garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad; y el Artículo 54 asegura “la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”. Por ello, cualquier restricción a este derecho contradice el ordenamiento jurídico superior.
Entre las acciones contra esta normativa, destaca la declaración de periodistas, intelectuales, científicos y activistas, la cual cuenta con más de 2 000 firmas y está dirigida a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
En este documento, además de rechazar el cumplimiento del Decreto-Ley, los firmantes se niegan a pagar las multas impuestas. Esta acción impulsó una campaña internacional en defensa de la libertad de expresión en Cuba, pero a pesar de ello, la normativa legal sigue aplicándose, en mayor o menor medida, en la isla.