Ya están en funcionamiento las nuevas regulaciones para la importación y exportación del sector privado en Cuba.

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Foto: RL Hevia

Texto: Fede Gayardo

Esta semana se implementó la Resolución 166/2024 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de Cuba, que introduce nuevas regulaciones para las importaciones y exportaciones del sector privado cubano en MLC.

Esta normativa es una actualización del reglamento anterior, que fue aprobado en agosto de 2020 y ahora se renueva debido a «la identificación de distorsiones en las operaciones de comercio exterior por entidades autorizadas y el complejo entorno económico y financiero actual», según se detalla en la Gaceta Oficial.

Al igual que su predecesor, este reglamento se titula “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal”.

El propósito de esta normativa, de acuerdo con la institución cubana, es “establecer las condiciones para que las formas de gestión no estatal tengan acceso a los servicios de importación y exportación de bienes y servicios, según corresponda, a través de las entidades exportadoras e importadoras autorizadas”.

Los puntos principales de la Resolución 166/2024 se centran en las ‘Condiciones de acceso al comercio exterior’, que requieren, entre otros aspectos, la presentación de un contrato bancario en MLC y una certificación de no adeudo fiscal.

Además, se especifica que las entidades autorizadas son responsables de gestionar las aprobaciones pertinentes ante los organismos competentes y de garantizar la viabilidad de las operaciones comerciales, minimizando los riesgos financieros y asegurando el cumplimiento de los compromisos de pago.

Respecto a las exportaciones, se detalla cómo el sector privado cubano puede llevar a cabo estas operaciones, coordinando con las entidades autorizadas los aspectos técnicos, precios, modos de transporte y otros temas logísticos; al mismo tiempo que se regula la distribución de los ingresos generados por exportaciones.

En lo que se refiere a las importaciones, estas están sujetas a varios criterios, como la descripción detallada de los productos, las especificaciones técnicas, el presupuesto disponible y los métodos de pago. Además, se establece que el costo de las importaciones debe incluir gastos tales como seguros, fletes y otros costos asociados.

Una de las disposiciones que ha generado más debate desde el planteamiento de la nueva normativa es la relacionada con la importación de vehículos y sus partes por el sector privado, la cual será gestionada únicamente por entidades autorizadas, tal como establece la legislación vigente.

En cuanto a la lista de entidades autorizadas, la resolución incluye un anexo que enumera a más de 40 empresas estatales habilitadas para realizar operaciones de importación y exportación en representación del sector privado.

En dicho listado destacan las empresas QUIMIMPORT, COPEXTEL S.A., CUBAEXPORT, MAQUIMPORT, así como otras que operan en sectores específicos como la agricultura, la construcción, los productos químicos y la tecnología.

Más allá de los requisitos establecidos por esta Resolución, se ha subrayado la necesidad del Estado cubano de ejercer un mayor control sobre las operaciones en MLC de las empresas privadas de la isla, las cuales deberán adaptarse a este procedimiento completamente estructurado para poder realizar operaciones de comercio exterior.

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