A continuación se presentan las compañías autorizadas para la venta de vehículos en Cuba.

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Foto: RL Hevia

Las nuevas compañías autorizadas para la comercialización de vehículos en Cuba han sido anunciadas a través de la Resolución 60/2024, emitida por el Ministerio de Comercio Interior de la Isla y publicada en la Gaceta Oficial.

Esta normativa establece cambios significativos en el mercado automotriz del país, que entran en vigor desde el primero de enero.

Se permitirá la venta de vehículos de motor, motocicletas, remolques y otros medios de transporte, tanto nuevos como usados, en territorio cubano.

Las entidades jurídicas autorizadas para realizar esta venta incluyen a: IMPEXPORT; S.U.R.L; MCV COMERCIAL, S.A; MULTISERVI, S.A; Corporación CIMEX, S.A; DUNA, S.A; y la Empresa Central de Abastecimiento y Ventas de Equipos de Transporte Pesado y sus Piezas (TRANSIMPORT).

También se suman la Empresa Comercializadora y Exportadora (Comercial DIVEP) y la Empresa Proveedora General del Transporte (TRADEX).

La resolución otorga estas empresas la capacidad de manejar la reposición por el Seguro, la suscripción de contratos y la emisión de facturas a nombre de personas naturales o jurídicas, respaldadas por la Empresa de Seguros Nacionales.

Asimismo, se autorizan a sociedades mercantiles como Servicios Automotores, S.A. y SOLIMPORT, S.U.R.L., a comercializar, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, ciclomotores, motocicletas, triciclos, motores, bloques de cilindros y carrocerías, cabinas y cuadros de motos para reposición.

Finalmente, la Cadena de Tiendas Caribe y la Agencia Importadora Caribe, S.U.R.L. podrán vender en USD o su equivalente solo ciclomotores, motocicletas, triciclos y vehículos clasificados como cuadriciclos, todos de tipo eléctrico.

Además, se autoriza a TRANSIMPORT y DUNA, S.A., a realizar el comercio, en USD o su equivalente, de automóviles de combustión, híbridos o eléctricos a personas naturales cubanas que se encuentren en misiones diplomáticas, empresariales y consulares, así como a cooperantes cubanos, profesionales y otros trabajadores en el extranjero a través de contratos entre empresas estatales cubanas y extranjeras o por convenios intergubernamentales.

Este listado también incluye a los tripulantes de buques y aeronaves, los cuales están respaldados por las autoridades correspondientes.

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