¿Supervisará y registrará el Tribunal Supremo de Cuba las comunicaciones y mensajes de los ciudadanos?

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Foto: Cuba Noticias 360

Texto: Fede Gallardo

Recientemente, ha circulado una supuesta información en varias redes sociales acerca del monitoreo, vigilancia y grabaciones realizadas por el Tribunal Supremo Popular (TSP) sobre todas las llamadas y los mensajes de los cubanos.

Frente a esta situación, el organismo emitió un comunicado a través de medios de prensa oficiales, asegurando que la información es «totalmente falsa, y su contenido está lleno de mentiras y embustes malintencionados».

El comunicado enfatiza que «con frecuencia se difunden en las redes sociales noticias falsas, las cuales están diseñadas para desorientar, generar inseguridad y malestar en sus destinatarios, además de intentar desacreditar públicamente la labor de las instituciones estatales».

Asimismo, el TSP instó a los ciudadanos a no propagar dicha información y a «informarse siempre a través de los perfiles y canales institucionales, donde podrán documentarse de forma veraz sobre la labor y las atribuciones que corresponden al Tribunal Supremo Popular y a los demás tribunales del país».

La noticia que circulaba en redes sociales afirmaba que «debido a las circunstancias que atraviesa nuestro país (CUBA), a partir de mañana entrarán en vigor nuevas normativas de comunicación bajo la autoridad del Tribunal Supremo».

Según se reportó, las supuestas normativas incluían la grabación de todas las llamadas telefónicas, así como de los mensajes y llamadas de Whatsapp. También se mencionaba el monitoreo «de todas las redes sociales y foros», con especial énfasis en Facebook y X.

“Dile a quienes no lo saben que en el país comenzará un nuevo orden judicial respaldado por el decreto ley 346, artículo 2607, inciso D”, decía el texto.

El mensaje que se difundió también advertía sobre «la necesidad de tener cuidado al enviar mensajes innecesarios o información que sea contraria a las leyes y la moral de nuestros órganos de justicia y principios revolucionarios (…) Cualquier cosa que escribas o digas puede ser utilizada en tu contra, ¡incluso cualquier broma!».

Después de varios días de circulación, un usuario de Facebook recordó que el año pasado el propio TSP había desmentido este rumor, el cual estaba basado en el Decreto Ley 346, artículo 2607; “cuando en realidad, la única normativa de este tipo con esa numeración se refiere al Presupuesto del Estado del año 2017”.

La aclaración del organismo también mencionó que «dicho documento legal contiene un artículo único, que establece modificaciones al artículo 8, Apartado 2, primer párrafo, de la Ley No. 122 ‘Del Presupuesto del Estado para el año 2017’, de fecha 27 de diciembre de 2016».

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