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La Resolución 8 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), datada el 15 de febrero de 2024 en la Gaceta Oficial, ha establecido que todas las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) de Cuba deberán presentar sus declaraciones de impuestos de forma exclusivamente digital ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).
Esto significa que las empresas con personalidad jurídica estarán obligadas a realizar la presentación de la Declaración Jurada en formato digital.
Según Vladimir Regueiro Ale, ministro de Finanzas y Precios, esta medida se justifica por el avance en la informatización de la sociedad cubana, y tiene como objetivo facilitar el proceso para los contribuyentes, así como perfeccionar los mecanismos de control fiscal.
Conforme a la Ley 113 del Sistema Tributario, promulgada el 23 de julio de 2012, se instituyó la obligación de presentar una Declaración Jurada sobre utilidades obtenidas anualmente, la cual debe ser presentada por los sujetos imponibles dentro del trimestre siguiente al cierre del año fiscal.
La actualización del MFP no modifica la normativa existente; únicamente establece la digitalización de las declaraciones impositivas. Es importante recordar que las Mipymes están sujetas a un impuesto sobre utilidades del 35%.
A pesar de que muchas empresas carecen de las tecnologías necesarias para implementar esta resolución, el gobierno ha decidido avanzar con la digitalización del trámite.
Además de las utilidades, las empresas deben abonar otros tributos, como el impuesto sobre ventas o servicios, que está fijado en un 10% del total de los ingresos mensuales. También se aplica un impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, correspondiente al 5% de las remuneraciones mensuales de los empleados, así como una contribución a la Seguridad Social, que es del 14% sobre el total de las remuneraciones mensuales.